Para satisfacer los requisitos de este programa de beneficios, usted debe cumplir lo siguiente:
Con base en la información que nos proporcionó, usted estuvo casado(a) con su cónyuge fallecido por menos denueve meses. Usualmente, una persona debe estar casada por al menos 9 meses antes de que pueda recibir los beneficios en los registros de un cónyuge que falleció. Sin embargo, hay excepciones a la regla (para una lista de excepciones visite la Página de Publicaciones (en inglés) y revise la Sección 401 del Social Security Handbook). Usted puede recibir beneficios del Seguro Social para viudo(a) incapacitado(a) si:
Para encontrar más sobre cómo Seguro Social decide si usted está incapacitado, visite la página de SSA’s Publicaciones (en inglés) y revise "Disability," Publicación del Seguro Social Número 05-10029.
Viudos(as) y cónyuges divorciados sobrevivientes no pueden solicitar los beneficios de sobreviviente por internet. Para información sobre cómo solicitar los beneficios, por favor visite la página cómo solicitar beneficios.
¿Quiere más información sobre los beneficios para viudos o viudas discapacitados(as)?
Visite la Página de Publicaciones (en inglés) de la SSA y revise la publicación "Survivors", Publicación del Seguro Social Número 05-10084 o revise el Capítulo 4 (en inglés) del manual del Seguro Social.
¿Quiere más información sobre los créditos de Seguro Social?
Visite la Página de Publicaciones de la SSA y revise "Social Security: How You Earn Credits", Publicación del Seguro Social Número 05-10072.
También puede comunicarse con el Seguro Social por teléfono llamando al:
1-800-772-1213 (para español marque 7), (TTY para personas con dificultades auditivas: 1-800-325-0778)